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Resolución No. 25 (Referencia) ()
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Dispone que las entidades que obtengan ingresos en moneda libremente convertible como resultado de aplicar el método del costo de producción más el diez por ciento (10%) o cualquier otro tanto por ciento autorizado, efectúen el pago en moneda nacional de la Tasa por la Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial y de la Tasa por Peaje. |
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Instrucción No. 4 ()
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Establece el procedimiento a seguir para el pago de la tasa por la radicación de anuncios y propaganda comercial, tanto en moneda nacional como en moneda convertible. |
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Resolución No. 448 ()
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Establece la aplicación del cobro de la tasa por Peaje, por cada ocasión en que se circule por el Pedraplén Caibarién-Cayo Santa María. |
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Resolución No. 431 ()
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Dispone asignar la recaudación en moneda libremente convertible de la tasa por servicios de aeropuertos a pasajeros, a la corporación de la aviación Cubana S.A. para el financiamiento de la construcción, mantenimiento, reparación y desarrollo de las instalaciones aeroportuarias que prestan servicios a los vuelos internacionales. |
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Resolución No. 241 ()
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Establece las regulaciones referentes al pago de la tasa por la radiación de anuncios o elementos similares, con fines de propaganda y publicidad comercial. |
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Resolución No. 15 ()
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Establece la cuantía de la Tasa por los Servicios de Aeropuertos a Pasajeros. Exenciones y otras regulaciones. |
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Resolución No. 28 ()
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Establece la aplicación del cobro de la tasa por peaje en el pedraplén de Cayo Coco. |
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Resolución No. 27 ()
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Establece la aplicación del cobro de la tasa por peaje en la autopista Matanzas-Varadero. |
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Resolución No. 570 ()
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Establece las regulaciones generales para la aplicación de las tasas mínimas y máximas por peaje. |